En ocasiones, las pequeñas y medianas empresas requieren realizar inversiones determinantes para su crecimiento. A veces se presenta una oportunidad única o la necesidad de incrementar la productividad o mejorar la infraestructura, y no se cuenta de inmediato con los recursos.
Para resolver estas situaciones, existe el Régimen de Factura de Crédito Electrónica (FCE), que permite contar con un monto determinado en un corto plazo. Este tipo de documento se emite cuando una PyME factura a una empresa grande más de $195.000.
Para comprender mejor de qué se trata, en esta nota repasamos las características y funcionamiento de la factura electrónica de crédito MiPyMEs.
¿En qué consiste?
Las PyMEs pueden generar una factura electrónica de crédito desde un sistema contable o desde el portal de AFIP, con un monto igual o superior a $195.000. La facturación puede ser negociada mediante la selección de un Agente de Depósito Colectivo o un Sistema de Circulación Abierta (bancario).
La resolución 220/2019 establece los valores de ventas anuales máximos para que una organización se considere empresa grande. Además, en el Registro de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyME, se puede consultar si el comprador, locatario o prestatario está adherido también.

¿Cuál es el objetivo?
La FCE busca impulsar el financiamiento y mejorar las condiciones de sustento de las empresas medianas y pequeñas. El régimen tiene carácter resolutivo cuando una PyME emite facturas electrónicas por pagar, que pueden cobrarse anticipadamente.
La emisión de una FCE está sujeta a ciertas condiciones:
- Ambas empresas implicadas en la negociación están domiciliadas en Argentina.
- El intercambio se genera por acciones de compraventa de productos o locación de objetos muebles, servicios u obras.
- La PyME tiene registrado su CBU.
- La organización emisora no forma parte del listado de empresas grandes de AFIP.
¿Cómo se emite?
La emisión de las facturas de crédito electrónicas se lleva a cabo en la sección “Comprobantes en línea” de AFIP, ingresando con la clave fiscal, o en el servicio web de gestión. Una vez allí, se decide el agente o sistema de circulación bancario al que se realizará la transferencia.
Para el caso de procesos más complejos como este, existen sistemas de gestión contable que cuentan con una interfaz más intuitiva que los sitios oficiales. Con la facturación electrónica en general, es de gran ayuda realizar una pequeña inversión y evitar equivocaciones o penalizaciones.
¿Puede cancelarse o rechazarse?
Conforme la Resolución 167/20, las empresas receptoras de una factura electrónica de crédito tienen 30 días de corrido desde su registro para responder. Pueden cancelarla, rechazarla o aceptarla.
En el caso de los rechazos, estos deben apoyarse en las incongruencias o causales (errores, divergencias o defectos) que prevé el artículo 8 de la Ley 27440. Las cancelaciones, por su parte, deben ser informadas en el Registro de Facturas de Crédito Electrónicas.
Si transcurridos los 30 días no se opta por ninguna de las tres opciones, el comprobante se considera aceptado por el receptor. En ese caso, la factura se convierte en un título ejecutivo.
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